Edicto alta como beneficiario/a de productos farmacéuticos excluidos de la Seguridad Social

De acuerdo con la Ordenanza reguladora del reconocimiento de la condición de beneficiarios/as de productos farmacéuticos excluidos del régimen de la Seguridad Social, se concede un plazo de 30 días hábiles para darse de alta como beneficiario/a de productos farmacéuticos excluidos de laSeguridad Social. Los requisitos para tener derecho al reconocimiento de dicha condición son … Leer más

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